miércoles, 5 de noviembre de 2008

Cuenta de Cobro


Certificación


Es un documento que contiene la información o acreditación de un hecho real y que ha sido previamente comprobado o verificado por la persona que lo expide.Lo que se dice o afirma del certificado se da por cierto o realizado, que existe, o que es así en la realidad y los hechos.
Cualquier certificación que falte a la verdad constituye delito, y quien la otorga es sancionado por las leyes penales de nuestro país. El certificado es un testimonio de hecho concluido o constatados, por ejemplo, se expide certificado de estudios, por los estudios realizados en una institución educativa, certificado de trabajo, por los servicios prestados, certificado de salud, luego de haberse examinado el estado de salud de una persona, certificado de orfandad, después de haberse comprobado la situación de desamparo en que se encuentra un menor de edad, etc.
La certificacion se emplea tanto en la administración pública como privada, y se expide a pedido de la parte interesada, de la autoridad competente o por mandato de la ley. Este documento se otorga en papel A4, membretado, o en formularios especiales diseñados para cada tipo de certificado.
Facultad para solicitar certificados
Tienen facultad para pedir la expedición de certificados:
Las personas naturales capaces mayores de 18 años, o sus representantes legales, que tienen o prueban tener legítimo interés material o moral sobre el hecho cuya certificación solicitan.Las autoridades políticas, judiciales y militares competentes, y el superior jerárquico.Tienen facultad para expedir certificados: La autoridad, en forma directa, sobre asuntos de su competencia
Partes de la certificacion
Membrete
Cargo de la autoridad que expide el documento o (En caso de que la expidiera un subalterno)
Cargo del servidor subordinado que expide el documento.
La palabra "certifica"TextoLugar y fecha
Firma, posfirma y sello del subordinado y sello de la autoridad que lo autoriza (en caso sea expedido por el subalterno)
Pie de página.

martes, 4 de noviembre de 2008

Memorando


Es un documento de comunicación donde la autoridad superior hace alguna advertencia, da órdenes y también rememora hechos que se deben tener en cuenta.Es un documento simplificado de uso muy difundido en los organismos dependientes del estado y en las entidades del sector privado. Es flexible y práctico, breve y directo.Se difunde en todos los niveles o escalones de la administración.

Los documentos más usados en la administración pública son el oficio y el memorando. Hay instituciones que incluso han delimitado el área de difusión de estos documentos: emplean el oficio para su comunicación externa y el memorando para su comunicación interna. Lo mismo que muchas empresas, usan la carta para lo primero, y el memorando, para lo segundo.

Área de Difusión

El memorando es un documento de carácter interno, porque solamente se difunde dentro de una institución o empresa.Establece comunicación entre todos los trabajadores de una institución o empresa, al margen de su nivel o jerarquía, por la aplicación de los principios de simplificación administrativa y racionalización de recursos. Por ejemplo, entre el gerente y su secretaria, y viceversa; entre el director de un colegio y un profesor de aula, y viceversa o entre gerentes o jefes del mismo nivel.Facultad para firmar memorandosLa tienen todos los servidores o miembros de una institución o empresa, sin distinción alguna.Partes del memorando

PARTES DEL MEMORANDO:

Lugar y fecha

Código

Destinatario

Asunto

Cuerpo

Despedida o antefirmaFirma y posfirma"con copia"

Pie de página.

PARTES COMPLEMENTARIAS:

Membrete

Nombre del año

Referencia

Sello

Anexo

Hoja de Vida


Acta








Viene del latín y significa "los hechos"; luego, un "acta" no es más que un testimonio escrito de los hechos ocurridos en cualquier circunstancia: una reunión de consorcio, una asamblea de miembros de una comisión directiva de cualquier entidad, una certificación del nacimiento de una persona, etc. Es decir, hechos que se asientan por escrito y que resulta importante registrar y conservar. Formalmente debe contener datos del lugar donde se "labra" (así se denomina al hecho de redactarla; "labra" viene del latín "labora", "trabaja"), fecha y hora; una breve introducción sobre el hecho a que se refiere o el motivo que da lugar a su escritura y, en el "cuerpo", un detalle pormenorizado de lo que acontece en el acto o reunión.

miércoles, 1 de octubre de 2008

Carta Bloque



























Es un medio de comunicación escrito donde se plantean situaciones relacionadas de acuerdo al contenido que esta contenga, ya sea una carta comercial, o una carta oficial.

PARTES DE LA CARTA Y SU CONFIGURACION

La carta consta de nueve (9) partes:

1. Ciudad y fecha
2. Destinatario o tratamiento
3. Asunto
4. Saludo
5. Texto
6. Despedida
7. Remitente
8. Copia
9. Anexo